martes, 12 de agosto de 2008

DERECHOS DE LOS JOVENES


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PARA COMENZAR A HABLAR DE LOS DERECHOS DE LOS JOVENES CONSIDERO NECESARIO ANTES, HABLAR DE LOS DERECHOS EN GENERAL, DE AQUELLOS DERECHOS QUE LE SON PROPIOS A LAS PERSONAS QUE VIVEN INSERTAS EN UNA SOCIEDAD Y CONVIVEN DENTRO DE UN CONTEXTO SOCIAL Y CULTURAL, Y RESALTO LA PALABRA CONVIVEN PORQUE DEBEN RELACIONARSE Y SOBRE TODO RESPETARSE CON SUS PARES.



El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".



Los derechos se presentan como aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el mero hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.

CARTA DE LOS DERECHOS DE LOS JÓVENES DEL MUNDO
NOSOTROS, LOS JÓVENES DEL MUNDO PROCLAMAMOS la presente declaración de derechos de la juventud como un fin a conseguir por todos los pueblos y por todas las naciones.

Art. 1.- EL DERECHO A LA IDENTIDAD COMO JOVEN:

La juventud tiene el derecho de ser considerada como un grupo específico, con sus valores propios y con un rol en la sociedad.

Art. 2.- EL DERECHO A LA AUTONOMÍA

El joven tiene el derecho de gozar de los medios de desarrollo y de ejercer progresivamente las responsabilidades que le permitirán el acceso a la autonomía.

Art. 3. - EL DERECHO DE AMAR:

El joven tiene el derecho de elegir sus amigos sin discriminación de clase, de sexo o de raza.

Art. 4.- EL DERECHO A SER AMADO:

El joven tiene el derecho de ser respetado, comprendido y amado por su familia.

Art. 5.- EL DERECHO A SER ESCUCHADO:

El joven tiene el derecho de expresarse libremente, el derecho a ser escuchado y considerado, aún si su opinión difiere de la de los adultos.

Art. 6.- EL DERECHO A SER INFORMADO:

El joven tiene el derecho de recibir una información objetiva con relación a las realidades de nuestra sociedad.

Art. 7.- EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN:

El joven tiene el derecho a montar actividades, de participar en ellas y de comprometerse libremente en ellas en su escuela o en su barrio.

Art. 8.- EL DERECHO A LA VIDA ESCOLAR:

El joven tiene el derecho a una vida escolar estable y desarrollativa, lo mismo que a un horario equilibrado que le permita tiempos libres necesarios para las actividades e intercambios entre alumnos y profesores.

Art. 9.- EL DERECHO A OPORTUNIDADES IGUALES.

El joven tiene derecho a una educación no selectiva y no competitiva.

Art. 1 O.- EL DERECHO AL TRABAJO:

El joven tiene derecho a un trabajo conforme con sus capacidades y sus aspiraciones.

Art. 1 1.- EL DERECHO A LA INEXPERIENCIA

El joven tiene el derecho de poder acceder a un medio de trabajo, sin experiencia condicionada o anterior.

Art. 12.- EL DERECHO AL ERROR

El joven tiene el derecho de cometer errores y de corregirse de ellos.

Art. 13.- EL DERECHO AL OCIO

El joven goza del derecho de tener en su medio un lugar que le permita dedicarse a ocios organizados.

Art. 14.- EL DERECHO A LA CONSIDERACIÓN MORAL

El joven tiene derecho a servicios que no sean discriminatorios en lugares públicos.

Art. 15.- EL DERECHO A LA CONSIDERACIÓN JURÍDICA.

El joven tiene el derecho de participar en la elaboración de las leyes que le conciernen y de ser respetado por las fuerzas del orden.

Art. 16.- EL DERECHO A LA PROTECCIÓN:

El joven tiene el derecho de ser protegido contra toda suerte de manipulaciones: publicidad, adoctrinamiento, experimentaciones diversas (científicas, educativas, etc.).

Art. 17.- EL DERECHO A LOS VALORES ESPIRITUALES:

El joven tiene el derecho de elegir, de vivir y de expresar sus valores espirituales sin oposición de los Estados.

Art. 18.- EL DERECHO A LA SOLIDARIDAD:

El joven tiene el derecho de crecer en un espíritu de paz y de solidaridad, y de tener ante sus ojos ejemplos de compartir y de ayuda mutua en el plano internacional que le inciten a construir un mundo m‡s fraternal.


POR TODAS ESTAS RAZONES Y AÙN MAS ES QUE CREO QUE ES DE MERA IMPORTANCIA QUE SE RESPETEN, Y SOLO ESO SINO QUE SEAN DIVULGADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y SOBRE TODO EN LA INSTITUCION UNIVERSAL: LA FAMILIA.